La flexibilización es una medida de carácter extraordinario (art.12.3.c OF 69/2023) que consiste en la incorporación a un nivel superior al correspondiente a su edad. Esta medida se contempla únicamente para la Etapa de Educación Primaria, ESO y Bachillerato, después haber agotado medidas y actuaciones generales y específicas acordes a sus necesidades, así como que no se prevean dificultades afectivo-sociales.
La dirección del centro escolar, en plazo de preinscripción para el curso siguiente, enviará la solicitud de flexibilización a la unidad gestora del Departamento de Educación competente en materia de inclusión. Dicha solicitud deberá incluir los siguientes informes.
- Conformidad escrita del padre, madre o representante.
- Informe del Equipo Docente coordinado por la tutoría que acredite que tiene adquiridos los objetivos y competencias clave del curso que va a reducir en el caso de efectuarse la flexibilización.
- Informe psicopedagógico realizado por el orientador u orientadora del centro que incorporará la descripción de las medidas agotadas, incluyendo el programa específico de enriquecimiento desarrollado con anterioridad a la propuesta de flexibilización.






